Pilar de Ahorro Contributivo u Obligatorio
El Pilar de Ahorro Contributivo u Obligatorio en el Sistema de Capitalización Individual es administrado por las AFP. Los trabajadores aportan mensualmente el 10% de su remuneración imponible, más una comisión por administración, la que va de manera íntegra a una cuenta a su nombre en el Fondo de Pensiones. Esa plata es del trabajador, no es del Estado ni de las AFP. Las administradoras tienen el mandato de invertir eso fondos a través de distintos instrumentos, de renta fija y variable, tanto en Chile como en el extranjero, obteniendo rentabilidad o ganancias que se suman a los aportes de los afiliados al sistema.
Este pilar permite ahorrar para financiar la vejez.
Pilar Voluntario
El Pilar Voluntario es aquel que permite al trabajador hacer un aporte adicional al obligatorio con el fin de aumentar su ahorro previsional, con beneficios del Estado. Hay distintas alternativas, entre ellas el Ahorro Voluntario Previsional (APV), el Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC), los Depósitos Convenidos (DC) y la Cuenta 2.
El Estado entrega una serie de beneficios como una forma de incentivar el ahorro adicional.
Más información en: Beneficios del Ahorro Previsional Voluntario
Pilar Solidario
El Pilar Solidario está pensado para evitar la pobreza en la vejez. A través de financiamiento estatal, ayuda a quienes se encuentran en el 60% más vulnerable de la población, entregando pensiones y/o aportes a aquellas personas que tienen nula o escasa participación en el sistema y por lo tanto no pueden autofinanciar una pensión o esta es insuficiente. Entre los beneficios que entrega el Estado están la Pensión Básica Solidaria, el Aporte Previsional Solidario, el Bono por hijo y los subsidios a la cotización y contratación de jóvenes.
Este pilar se financia con los impuestos generales de la Nación y los beneficios rigen a partir de los 65 años. Quienes cumplan con los requisitos deben postular a través de la AFP o del Instituto de Previsión Social (IPS).